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Las relaciones entre la Iglesia y el Estado
José Mª Petit Sullá  

(Artículo publicado en la revista Verbo, nros. 441-442, año 2006)

Se cumplen ahora los 120 años de la promulgación de la encíclica Immortale Dei de Su Santidad León XIII (1 de noviembre de 1885) cuya temática es "la constitución cristiana del Estado", según las mismas palabras del pontífice.
Esta encíclica forma una trilogía doctrinal perfectamente coherente con otras dos de parecida temática. Situada a medio camino entre la anterior encíclica Díuturnum íllud (1881) --cuya temática era la explicación del origen del poder- y la posterior Libertas praestantíssimum (1888)- que exponía la doctrina católica acerca de la libertad individual o libre albedrío y la libertad social o pÚblica, en sus diferentes manifestaciones- puede decirse que la encíclica que ahora conmemoramos, Immortale Dei, las engloba a ambas afrontando eh el fondo la misma cuestión pero con la mirada puesta no sólo en los principios sino, de modo expresamente particular, en su realización práctica. Y tal realización práctica no es otra que la exposición de las debidas relaciones entre la Iglesia y el Estado. El conjunto doctrinal que ofrecen estas tres encíclicas refuerza, si cabe, el contenido de cada una de ellas por separado.
En la encíclica pueden fácilmente detectarse dos niveles de doctrina, pues, aunque los principios doctrinales sean un solo entramado, por lo que a la Iglesia se refiere, sin embargo, por parte del Estado o sociedad civil pueden darse diversas situaciones que quedan resumidas en dos, que el Estado sea plenamente cristiano o que, al menos, trate a la Iglesia como una sociedad soberana en su ámbito.
La idea que preside toda la exposición consiste en una doble afirmación, siendo la primera de orden meramente natural, mientras la segunda tiene un contenido algo más teológico, aunque hay una lógica conexión entre ellas. Es de mera razón natural que el hombre debe reverenciar a Dios no sólo privadamente sino también públicamente, pues es evidente que. para el hombre la vida pública es inherente a su mismo ser social. No tiene ningún sentido reconocer algo privadamente, en este caso la religión, y no darle opción a su manifestación pública. No existe el hombre aislado de la sociedad, de ahí que la vida cristiana exige en la misma medida una sociedad cristiana en mayor o menor medida según las circunstancias del conjunto de la sociedad. La otra afirmación señala que los deberes de la religión alcanzan no sólo a los súbditos sino también a los gobernantes, en cuanto tales gobernantes. No tiene tampoco sentido creer que el poder civil, por serlo incluso legítimamente, está exento de dar a Dios el debido culto. Nada hay por encima de Dios y un Estado que no reconoce el poder supremo de Dios no sólo reniega de todo el contenido de la sagrada Escritura sino que tal poder civil lo que hace en realidad es arrogarse un carácter superior, esto es divino, del que carece. Esta situación se dio con frecuencia en el paganismo, de todos los lugares y tiempos, donde el rey se hacía adorar como Dios. Manifestaciones menores, pero de este orden, 'se dieron con las pretensiones regalistas de diferentes emperadores a reyes, aún teniéndose por cristianos.
Ambos aspectos irrenunciables exigen, pues, que el Estado reconozca la supremacía de la Iglesia que, si bien no se ha de inmiscuir en asuntos meramente terrenos, tiene sin embargo la potestad suprema en los asuntos humanos en cuanto se ordenan al fin supremo de la vida humana que es la felicidad eterna de cada persona. Dios no es un "ciudadano" de una nación sino el Rey de reyes y como a tal le tienen todos sus verdaderos devotos. Esta primera exposición doctrinal que hallamos en la encíclica es el desenvolvimiento de esta situación que podemos llamar ideal.
En esta ordenación de lo terreno á lo celestial, de lo temporal a lo eterno, de lo natural a lo sobrenatural, consiste la plena armonía de la vida humana. Y en esta armonía consiste la verdadera constitución cristiana del Estad? según lo demanda la integridad de la fe, tanto para satisfacer los derechos de Dios, gobernador de todo el universo, como para cumplir los anhelos del hombre creyente.
Conviene que los católicos conozcan esta doctrina pontificia como la genuina enseñanza católica que podría resumirse -aun perdiendo muchos de sus matices- en un solo apartado de la encíclica. Dice el Papa:
"Constituido sobre estos principios, es evidente que el Estado tiene e! deber de cumplir por medio de! culto público las numerosas e importantes obligaciones que lo unen con Dios. La razón natural, que manda a cada hombre dar culto a Dios piadosa y santamente, porque de Él dependemos, y porque, habiendo salido de Él, a Él hemos de volver, impone la misma obligación a la sociedad civil. Los hombres no están menos sujetos al poder de Dios cuando viven unidos en sociedad que cuando viven aislados. La sociedad, por su parte, no está menos obligada que los particulares a dar gracias a Dios, a quien debe su existencia, su conservación y la innumerable abundancia de sus bienes. Por esta razón, así como no es lícito a nadie descuidar los propios deberes para con Dios, e! mayor de los cuales es abrazar con el corazón y con las obras la religión, no la que cada uno prefiera, sino la que Dios manda y consta por argumentos ciertos e irrevocables como única y verdadera, de la misma manera los Estados no pueden obrar, sin incurrir en pecado, como si Dios no existiese, ni rechazar la religión como cosa extraña o inútil, ni pueden, por último, elegir indiferentemente una religión entre tantas. Todo lo contrario. El Estado tiene la estricta obligación de admitir el culto divino en la forma con que el mismo Dios ha querido que se le venere. Es, por tanto, obligación grave de las autoridades honrar e! santo nombre de Dios. Entre sus principales obligaciones deben colocar la obligación de favorecer la religión, defenderla con eficacia, ponerla bajo e! amparo de las leyes, no legislar nada que sea contrario a la incolumidad de aquélla.
Obligación debida por los gobernantes también a sus ciudadanos. Porque todos los hombres hemos nacido y hemos sido criados para alcanzar un fin último y supremo, al que debemos referir todos nuestros propósitos, y que colocado en el cielo, más allá de la frágil brevedad de esta vida. Si, pues, de este sumo bien depende la felicidad perfecta y total de los hombres, la consecuencia es clara: la consecución de este bien importa tanto a cada uno de los ciudadanos que no hay ni puede haber otro asunto más importante. Por tanto, es necesario que el Estado, establecido para el bien de todos, al asegurar la prosperidad pública, proceda de tal forma que, lejos de crear obstáculos, dé todas las facilidades posibles a los ciudadanos para el logro de aquel bien sumo e inconmutable que naturalmente desean. La primera y principal de todas ellas consiste en procurar una. inviolable y santa observancia de la religión, cuyos deberes unen al hombre con Dios"
Tal es la única doctrina católica nunca desmentida y la que se presenta como la más armoniosa y conforme al sentir verdaderamente cristiano y humano. De hecho fue la situación real que se implantó sucesivamente en todas las naciones donde fue llegando el anuncio del evangelio. Lejos, pues, de ser una utopía fue, al menos de modo global, el sistema imperante durante siglos en toda la cristiandad. Sus benéficos frutos los menciona sucintamente la misma encíclica, como habrá ocasión de mencionar.

Validez de esta doctrina después del Concilio Vaticano II

Pero, al recordar ahora esta más que secular enseñanza, no podemos olvidar la doble objeción que se funda, por una parte, en los años transcurridos desde aquella enseñanza, de finales del siglo XIX, con el irrefrenado proceso de secularización del mundo actual y, por otra, la supuesta transformación ejercida en la Iglesia de modo particular a partir del Concilio Vaticano II, de cuya clausura se cumple ahora precisamente cuarenta años. Son objeciones constantes que hacen que, en la práctica, se dude de la validez de esta doctrina.
Acerca de la primera objeción hay que responder que es precisamente el mal radical del secularismo el que se ha de combatir con la verdadera doctrina católica sobre la constitución cristiana del Estado. Cuando decimos secularismo no nos referimos a ningún mandamiento concreto de la ley de Dios, a no ser precisamente el primero. Hablamos de algo anterior a cualquier mandamiento positivo porque nos referimos a la mismo existencia de Dios que es, por definición, el gobernador supremo de todo el universo según lo entiende cualquier religión, no sólo revelada sino incluso meramente natural.
Es lógico que ambas doctrinas, la constitución cristiana del Estado y el secularismo, se opongan diametralmente porque son exactamente contradictorias, pero querer ocultar la doctrina católica sobre la constitución cristiana de los Estados porque ahora impera el secularismo seña como ocultar la doctrina acerca de la indisolubilidad del matrimonio porque la legislación civil ha establecido la legalidad del divorcio, o admitir que el aborto ya no es un "crimen abominable", como le llama el Concilio Vaticano II , porque está legalizado en casi todos los países de Occidente (no así los musulmanes, para vergüenza nuestra).
Respecto a la segunda objeción, supuestamente fundada sobre la enseñanza del último concilio ecuménico, bastaría el dato cronológico de los ya cuarenta años de su clausura para invitar a la reflexión sobre la inconsistencia de esta solapada doctrina del "cronologismo", por la que todo lo antiguo perece por el único argumento del tiempo transcurrido desde su formulación. La verdad es intemporal porque procede del mismo Dios que es eterno y no puede envejecer con el tiempo.
Nada inventaron de propia iniciativa los pontífices del siglo XIX, en particular Gregorio XVI, el beato Pío IX o León XIII por ceñimos a aquel siglo. Todo cuanto dijeron está contenido en la más antigua tradición apostólica. Ellos sólo tuvieron que recordado de modo más expreso dadas las circunstancias adversas que se generaron sucesivamente en distintas naciones europeas, a partir de la Revolución francesa.
Pero a aquellos que, de alguna manera, piensan que hubo un cambio doctrinal en el Concilio acerca de esta cuestión, séanos permitido recordarles lo que aprobó en su Declaración sobre la libertad religiosa “Dignitatis humanae” cuando afirmó que la elaboración doctrinal sobre la libertad religiosa es formalmente distinta de la doctrina sobre la relación entre la Iglesia y el Estado y, por ello, al tratar solamente de la primera, "deja íntegra la doctrina tradicional católica acerca del deber moral de los hombres y de las sociedades para con la verdadera religión y la única Iglesia de Cristo" .
Quizá es la primera vez que un concilio ecuménico menciona la doctrina elaborada principalmente por los pontífices de aquel siglo llamándola "doctrina tradicional católica". No es, pues, una opinión circunstancial sino una doctrina, que ha sido entregada a la Iglesia católica. La Iglesia no tiene otra, al menos en el terreno de los principios. Por consiguiente, nadie puede invocar en contra de ella la Declaración conciliar mencionada o el "concilio, en general, en su espíritu" (como se dice con harta imprecisión y con afán de apoderarse de él y sin citado nunca).
Pero hay todavía en esta Declaración todo un ramillete de frases que se refieren a la positiva acción religiosa de los poderes públicos. Veamos algunas de ellas: "Por consiguiente el poder civil, cuyo fin propio es cuidar del bien común temporal, debe reconocer ciertamente la vida religiosa de los ciudadanos y favorecerla" . No se trata, pues, solamente de permitir la vida religiosa de los ciudadanos sino de reconoceda hasta el punto de "favorecerla". El hecho de que el fin propio del poder civil consista en el bien común temporal no es obstáculo alguno para que, reconociendo la vida religiosa, la favorezca. No piensa, pues, el Concilio que favorecer la religión sea un acto impropio del poder civil, antes al contrario, está obligado a ello. Ello implica el reconocimiento de que la religión es un bien explícito que perfecciona a la misma sociedad en cuanto tal.
Las correctas relaciones entre la Iglesia y el Estado han de estar más en el terreno de los hechos que en el de las palabras.
Para ello sirve perfectamente este otro párrafo de la Declaración conciliar que venimos citando:

"El poder público debe, pues, asumir eficazmente la protección de la libertad religiosa de todos los ciudadanos por medio de justas leyes y otros medios adecuados y crear condiciones propicias para el fomento de la vida religiosa.."
Como norma primera imprescindible, menciona la protección de la libertad religiosa, pero añade además que el poder civil debe "crear condiciones propicias" que redunden de alguna forma en el "fomento de la vida religiosa". A nada más que a esto se refería León XIII en la encíclica que conmemoramos, porque es obvio que el Estado no se ha de inmiscuir en los asuntos religiosos en el sentido formal de la palabra, definiendo dogmas, decretando la moralidad o inmoralidad de determinadas acciones humanas u organizando las catequesis o las actividades parroquiales. Todo esto -o casi- lo quería hacer, por cierto, el galicanismo, esto es la absorción de la Iglesia por el Estado en la Francia de Luis XIV. Pero sí debe el Estado, por medio de justas leyes, crear condiciones para el fomento de la vida religiosa, como hemos leído. Adviértase que dice "fomento" y no permisión -y mucho menos tolerancia, porque la tolerancia versa únicamente sobre lo que es en sí un mal, aunque menor, mientras que la vida religiosa es un bien para toda la sociedad-, tal como lo dice el mismo texto conciliar a continuación de lo anterior, a fin de que los ciudadanos puedan realmente ejercer los derechos de la religión y cumplir los deberes de la misma, y la propia sociedad disfrute de los bienes de la justicia y de la paz que provienen de la fidelidad de los hombres a Dios y a su santa voluntad" . Esta última afirmación implica la tesis de que la justicia y la paz provienen de la fidelidad de los hombres a Dios. Ahora bien, la justicia y la paz son bienes que podemos llamar con toda justicia genuinamente humanos y, sin embargo, proceden no de otra fuente sino de la finalidad de los hombres a Dios y a su santa voluntad. Este era un tema constante en todas las encíclicas de León XIII de parecida temática. La tesis constante de todos los pontífices -y la reciente conmemoración de la encíclica “Quas primas” de Pío XI lo recordaba con fuerza- es que la sociedad civil recibirá muchos bienes si los hombres cumplen con sinceridad sus deberes religiosos. En nada daña a la sociedad civil la práctica de la religión, antes al contrario. León XIII, por los tumultuosos sucesos que le tocó vivir, sabía bien y lo advertía reiteradamente que las revueltas sociales y las formas anárquicas que sacudían por sistema el legítimo poder civil surgían de las mismas doctrinas antirreligiosas.
Pensaba León XIII, con razón, que la grandeza de Europa ha provenido de su aceptación de la fe cristiana y de su plasmación en esta admirable realidad social que era el Imperio sometido en lo espiritual a la Iglesia. Son aquellas palabras leoninas de gran actualidad, cuando, en nuestros días, se quiere hacer una pretendida unidad europea al margen de la Iglesia que bien puede decirse que a hecho, más que nadie a Europa. No sólo la Grecia clásica no pudo hacer Europa sino que ni lo pretendía. La división entre griegos y bárbaros era esencial al sistema político griego. Pretender, por otra parte, incluir a la Ilustración en el contenido positivo de Europa, diametralmente opuesta a la religión revelada, es confundir ciertas elites intelectuales con el pueblo real. ¿Qué obra artística ha creado la Ilustración? ¿Dónde están sus catedrales y su música sacra? ¿Qué código civil perdurable? Sólo supo unificar y destruir las legítimas diferencias regionales y crear el ejército permanente con soldados obligados a abandonar sus casas ¿Qué instituciones políticas culturales o laborales comparables a las cortes, a las universidades o a los gremios? ¿Qué unidad y qué paz? Las guerras se encienden en Europa con inusitado terror a partir, primero, de la Revolución protestante y, muy en particular, a partir de la Revolución francesa. ¿Hay que recordar además las guerras napoleónicas con sus devastaciones y sus represiones? No parece que la historia sea aquello que predominantemente se quiera considerar a la hora de comparar la Europa cristiana con la Europa envuelta en las ideas racionalistas que pretendieron que la "razón" sustituyera a la religión.
En cambio, nunca se reflexionará bastante sobre esta realidad histórica de Europa creada por el cristianismo y que ha dejado pasar recientemente la ocasión de recordar y asumir. Sin embargo, León XIII lo advertía y sus palabras cobran hoy una validez mayor que las superficiales y tendenciosas insinuaciones de "progreso" y "libertad". Al oriente de Europa surgieron pueblos fuertes y grandes, pero sólo supieron conquistar para dominar. Su acción fue más devastadora que constructora y, a la postre, su acción fue fugaz. Sólo Europa se consolidó y tuvo fuerza espiritual para civilizar -cristianizando-- un continente mucho mayor, el americano. Cuando Europa rechazó la soberanía de la Iglesia se deshizo también en crecientes guerras. Pudieron haber imperios, como el francés o el inglés, pero ya no civilizaron en cuanto imperios, a no ser por la callada obra de los misioneros.
Sobre esta cuestión decía el Papa al referirse al bien de la unidad armónica entre el Estado y la Iglesia:
"Hubo un tiempo en que la f1losofía del Evangelio gobernaba los Estados.
En aquella época la eficacia propia de la sabiduria cristiana y su virtud divina habían penetrado en las leyes, en las instituciones, en la moral de los pueblos, infiltrándose en todas las clases y relaciones de la sociedad. La religión fundada por Jesucristo se veía colocada firmemente en el grado de honor que le corresponde y florecía en todas partes gracias a la adhesión benévola de los gobernantes y a la tutela legítima de los magistrados. El sacerdocio y e! imperio vivían unidos en mutua concordia y amistoso consorcio de voluntades. Organizado de este modo, e! Estado produjo bienes superiores a toda esperanza.
Todavía subsiste la memoria de estos beneficios y quedará vigente en innumerables monumentos históricos que ninguna corruptora habilidad de los adversarios podrá desvirtuar u oscurecer. Si la Europa cristiana domó las naciones bárbaras y las hizo pasar de la fiereza a la mansedumbre y de la superstición a la verdad; si rechazó victoriosa las invasiones musulmanas; si ha conservado e! cetro de la civilización y se ha mantenido como maestra y guía de! mundo. en e! descubrimiento y en la enseñanza de todo cuanto podía redundar en pro de la cultura humana; si ha procurado a los pueblos e! bien de la verdadera libertad en sus más variadas formas; si con una sabia providencia ha creado tan numerosas y heroicas instituciones para aliviar las desgracias de los hombres, no hay que dudarlo: Europa tiene por todo ello una enorme deuda de gratitud con la religión, en la cual encontró siempre una inspiradora de sus grandes empresas y una eficaz auxiliadora en sus realizaciones. Habríamos conservado también hoy todos estos mismos bienes si la concordia entre ambos poderes se hubiera conservado. Podríamos incluso esperar fundadamente mayores bienes si el poder civil hubiese obedecido con mayor fidelidad y perseverancia a la autoridad, al magisterio y a los consejos de la Iglesia. Las palabras que Yves de Chartres escribió al papa Pascual II merecen ser consideradas como formulación de una ley imprescindible: "Cuando e! imperio y el sacerdocio viven en plena armonía, e! mundo está bien gobernado y la Iglesia florece y fructifica. Pero cuando surge entre ellos la discordia, no sólo no crecen los pequeños brotes, sino que incluso las mismas grandes instituciones perecen miserablemente" .

Mutuo respeto y armonía entre los dos poderes

Pasemos a considerar otro momento destacable de la gran síntesis leonina. Hay también en la “Immortale Dei” una exposición doctrinal que trata de la realidad innegable de estos dos poderes, el civil y el religioso sin fijarse de modo expreso en el deber de dar culto a Dios que compete al Estado de un país católico. Su exposición, tan sólida como la anterior se mueve, sin embargo, en el plano del reconocimiento mutuo. La verdad contenida en esta explicación es válida incluso en situaciones menos favorables para la Iglesia. La encíclica se expresa de este modo que conviene también atender.
En este planteamiento global la Iglesia pide al Estado que reconozca la peculiaridad de su misión, la espiritualidad de la misma que en modo alguno representa una competencia. Si asimilamos la comunidad de todos los hombres al hombre singular podemos comparar la Iglesia al alma y el Estado al cuerpo. Nadie osaría confundidos pero nadie sensatamente pretendía separarlos. En parte el alma puede subsistir sin el cuerpo, al que sin embargo dice esencial referencia, pero el cuerpo muere si el alma no lo vivifica. Puede parecer un cuerpo pero es un cadáver o una estatua.
Esta es la nítida doctrina de la encíclica donde no hay una exclusión ni siquiera una exageración. Los dos poderes son buenos y necesarios, pero para seda necesita~ vivir armonizados, al menos respectando el ámbito ajeno, pues de otro modo el ciudadano vive en una insoportable tensión. Ahora bien, es claro que la Iglesia no se inmiscuye en asuntos terrenos. Pide, pues, el trato recíproco por parte del Estado.

"Dios ha repartido, por tanto, el gobierno de! género humano entre dos poderes: el poder eclesiástico y e! poder civil. El poder eclesiástico, puesto al frente de los intereses divinos. El poder civil, encargado de los intereses humanos. Ambas potestades son soberanas en su género. Cada una queda circunscrita dentro de ciertos límites, definidos por su propia naturaleza y por su fin próximo. De donde resulta una como esfera determinada, dentro de la cual cada poder ejercita iure proprio su actividad.
Pero como.-:l sujeto pasivo de ambos poderes soberanos es uno mismo, y como, por otra parte, puede suceder que un mismo asunto pertenezca, si bien bajo diferentes aspectos, a la competencia y jurisdicción de ambos poderes, es necesario que Dios, origen de uno y otro, haya establecido en su providencia un orden recto de composición entre las actividades respectivas de uno y otro poder. -Las [autoridades] que hay, por Dios han sido ordenadas-. Si así no fuese, sobrevendóan frecuentes motivos de lamentables conflictos, y muchas veces quedaóa el hombre dudando, como el caminante ante una encrucijada, sin saber qué camino elegir, al verse solicitado por los mandatos contrarios de dos autoridades, a ninguna de las cuales puede, sin pecado, dejar de obedecer.
Esta situación es totalmente contraria a la sabiduría y a la bondad de Dios, quien incluso en el mundo físico, de tan evidente inferioridad, ha equilibrado entre sí las fuerzas y las causas naturales con tan concertada moderación y maravillosa armonía, que ni las unas impiden a las otras ni dejan todas de concurrir con exacta adecuación al fin total al que tiende el universo.
Es necesario, por tanto, que entre ambas potestades exista una ordenada relación unitiva, comparable, no sin razón, a la que se da en el hombre entre el alma y el cuerpo. Para determinar la esencia y la medida de esta relación unitiva no hay, como hemos dicho, otro camino que examinar la naturaleza de cada uno de los dos poderes, teniendo en cuenta la excelencia y nobleza de sus fines respectivos. El poder civil tiene como fm próximo y principal el cuidado de las cosas temporales. El poder eclesiástico, en cambio, la adquisición de los bienes eternos. Así, todo lo que de alguna manera es sagrado en la vida humana, todo lo que pertenece a la salvación de las almas y al culto de Dios, sea por su propia naturaleza, sea el virtud del fin a que está referido, todo ello cae bajo el dominio y autoridad de la Iglesia. Pero las demás cosas que el régimen civil y político, en cuanto tal, abraza y comprende, es de justicia que queden sometidas a éste, pues Jesucristo mandó expresamente que se dé al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios. No obstante, sobrevienen a veces especiales circunstancias en las que puede convenir otro género de concordia que asegure la paz y libertad de entrambas potestades;
por ejemplo, cuando los gobernantes y el Romano Pontífice admiten la misma solución para un asunto determinado. En estas ocasiones, la Iglesia ha dado pruebas numerosas de su bondad maternal, usando la mayor indulgencia y condescendencia posibles" .

Este carácter inspirador de la Iglesia en e! seno de la sociedad en la que vive y a cuyos miembros dirige su mensaje salvador no puede decirse en modo alguno que no sea la perenne doctrina de la Iglesia, también la iglesia postconciliar de nuestro tiempo. Quizá nadie como el beato Juan XXIII sirva para exponer esta actitud de la Iglesia frente a la sociedad a la que se dirige. En su corto pontificado lo hizo precisamente de manera notoria en su discurso de convocatoria de! Concilio, e! 25 de diciembre de 1961, y no debe olvidarse que habla el papa que se ha llamado del aggiornamento.
Habla el pontífice de una irrenunciable "exigencia", la presencia de la Iglesia en la vida social y no de modo externo y superficial sino que se ha de "infundir en las venas de la humanidad actual". Esta era la meta del Concilio que se convocaba:

"Porque lo que se exige hoy de la Iglesia es que infunda en las venas de la humanidad actual la virtud perenne, vital y divina del evangelio".

Si después del Concilio la Iglesia)no consiguió esta meta puede decirse que ha fracasado en e! intento, pero no por el contenido auténtico de aquella magna Asamblea, con sus documentos aprobados por el Pontífice, sino por la usurpación a la que se vio sometido por los medios de comunicación y la traición de muchos de sus miembros que, por cierto, nunca citan ningún texto conciliar aunque siempre lo interpretan. Sigue diciendo Juan XXIII:

"La humanidad alardea de sus recientes conquistas en el campo científico y técnico, pero sufre también las consecuencias de un orden temporal que algunos han querido organizar prescindiendo de Dios".

Este es el ideal secularista, organizar la sociedad prescindiendo de Dios. P~t;O el estado del mundo así organizado es e! de un sufrimiento cada vez mayor, pues la misma sociedad ya no es posible ni a nivel meramente humano. Nuestras noticias políticas y sociales son un elenco -aún mal disimulado-- de una serie ininterrumpida de crecientes desastres y continua confrontación en todos los campos. Por poner un ejemplo de algo que no se producía en tiempos del Concilio, pensemos que se ha pasado de la violencia entre pueblos -que también ha aumentado considerablemente- a la guerra de terrorismo dentro de la misma nación, cuyas víctimas son doblemente inocentes. Advirtamos la creciente violencia familiar y escolar, antes desconocida o insólita. Por no hablar de la creciente e insufrible violencia social que, aunque antigua, cobra hoy proporciones alarmantes que alteran de raíz la mínima paz vecinal. A este respecto parece que se ha producido el fenómeno inaudito de la desaparición de la ley de ciudades y pueblos pertenecientes a naciones "civilizadas".
Volvamos todavía a Juan XXIII, refiriéndose en esta convocatoria conciliar a la gran cuestión de la paz entre los hombres:

"Finalmente, el próximo Concilio ecuménico está llamado a ofrecer al mundo, extraviado, confuso y angustiado bajo la amenaza de nuevos conflictos espantosos, la posibilidad para todos los hombres de buena voluntad, de fomentar pensamientos y propósitos de paz; de una paz que puede y debe venir sobre todo de las realidades espirituales y sobrenaturales, de la inteligencia y de la conciencia humana, iluminadas y guiadas por Dios, Creador y Redentor de la humanidad".

¿Pueden calificarse estos textos de aceptación, por parte de la Iglesia, del secularismo? Pero esta tarea pacificadora no se puede llevar a cabo si el Estado no reconoce a la Iglesia la grandeza de esta misión que sólo ella puede realizar en verdad.
La encíclica lamenta en su última parte, de forma muy detallada, los males que produce en la sociedad este alejamiento de la Iglesia de la vida social. No pudiendo reproducir todos los párrafos que tratan esta cuestión nos limitaremos a uno sólo que puede muy bien ser entendido por todos, principalmente porque los hechos transcurridos en estos ciento veinte años han dado la plena razón a León XIII.

"Error grande y de muy graves consecuencias es excluir a la Iglesia, obra del mismo Dios, de la vida social, de la legislación, de la educación de la juventud y de la familia. Sin religión es imposible un Estado bien ordenado. Son ya conocidos, tal vez más de lo que convendría, la esencia, los fines y las consecuencias de la llamada moral civil. La maestra verdadera de la virtud y la depositaria de la moral es la Iglesia de Cristo. Es ella la que defiende incólumes los principios re~uladores de los deberes. Es ella la que, al proponer los motivos más eficaces para vivir virtuosamente, manda no sólo evitar toda acción mala, sino también domar las pasiones contrarias a la razón, incluso cuando éstas no se traducen en las obras. Querer someter la Iglesia, en el cumplimiento de sus deberes, al poder civil constituye una gran injuria y un gran peligro" .

 

 

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