(Artículo
publicado en la revista Verbo, nros. 441-442,
año 2006)
Se
cumplen ahora los 120 años de la promulgación
de la encíclica Immortale Dei de Su Santidad León
XIII (1 de noviembre de 1885) cuya temática es "la
constitución cristiana del Estado", según
las mismas palabras del pontífice.
Esta encíclica forma una trilogía doctrinal
perfectamente coherente con otras dos de parecida temática.
Situada a medio camino entre la anterior encíclica
Díuturnum íllud (1881) --cuya temática
era la explicación del origen del poder- y la posterior
Libertas praestantíssimum (1888)- que exponía
la doctrina católica acerca de la libertad individual
o libre albedrío y la libertad social o pÚblica,
en sus diferentes manifestaciones- puede decirse que la
encíclica que ahora conmemoramos, Immortale Dei,
las engloba a ambas afrontando eh el fondo la misma cuestión
pero con la mirada puesta no sólo en los principios
sino, de modo expresamente particular, en su realización
práctica. Y tal realización práctica
no es otra que la exposición de las debidas relaciones
entre la Iglesia y el Estado. El conjunto doctrinal que
ofrecen estas tres encíclicas refuerza, si cabe,
el contenido de cada una de ellas por separado.
En la encíclica pueden fácilmente detectarse
dos niveles de doctrina, pues, aunque los principios doctrinales
sean un solo entramado, por lo que a la Iglesia se refiere,
sin embargo, por parte del Estado o sociedad civil pueden
darse diversas situaciones que quedan resumidas en dos,
que el Estado sea plenamente cristiano o que, al menos,
trate a la Iglesia como una sociedad soberana en su ámbito.
La idea que preside toda la exposición consiste en
una doble afirmación, siendo la primera de orden
meramente natural, mientras la segunda tiene un contenido
algo más teológico, aunque hay una lógica
conexión entre ellas. Es de mera razón natural
que el hombre debe reverenciar a Dios no sólo privadamente
sino también públicamente, pues es evidente
que. para el hombre la vida pública es inherente
a su mismo ser social. No tiene ningún sentido reconocer
algo privadamente, en este caso la religión, y no
darle opción a su manifestación pública.
No existe el hombre aislado de la sociedad, de ahí
que la vida cristiana exige en la misma medida una sociedad
cristiana en mayor o menor medida según las circunstancias
del conjunto de la sociedad. La otra afirmación señala
que los deberes de la religión alcanzan no sólo
a los súbditos sino también a los gobernantes,
en cuanto tales gobernantes. No tiene tampoco sentido creer
que el poder civil, por serlo incluso legítimamente,
está exento de dar a Dios el debido culto. Nada hay
por encima de Dios y un Estado que no reconoce el poder
supremo de Dios no sólo reniega de todo el contenido
de la sagrada Escritura sino que tal poder civil lo que
hace en realidad es arrogarse un carácter superior,
esto es divino, del que carece. Esta situación se
dio con frecuencia en el paganismo, de todos los lugares
y tiempos, donde el rey se hacía adorar como Dios.
Manifestaciones menores, pero de este orden, 'se dieron
con las pretensiones regalistas de diferentes emperadores
a reyes, aún teniéndose por cristianos.
Ambos aspectos irrenunciables exigen, pues, que el Estado
reconozca la supremacía de la Iglesia que, si bien
no se ha de inmiscuir en asuntos meramente terrenos, tiene
sin embargo la potestad suprema en los asuntos humanos en
cuanto se ordenan al fin supremo de la vida humana que es
la felicidad eterna de cada persona. Dios no es un "ciudadano"
de una nación sino el Rey de reyes y como a tal le
tienen todos sus verdaderos devotos. Esta primera exposición
doctrinal que hallamos en la encíclica es el desenvolvimiento
de esta situación que podemos llamar ideal.
En esta ordenación de lo terreno á lo celestial,
de lo temporal a lo eterno, de lo natural a lo sobrenatural,
consiste la plena armonía de la vida humana. Y en
esta armonía consiste la verdadera constitución
cristiana del Estad? según lo demanda la integridad
de la fe, tanto para satisfacer los derechos de Dios, gobernador
de todo el universo, como para cumplir los anhelos del hombre
creyente.
Conviene que los católicos conozcan esta doctrina
pontificia como la genuina enseñanza católica
que podría resumirse -aun perdiendo muchos de sus
matices- en un solo apartado de la encíclica. Dice
el Papa:
"Constituido sobre estos principios, es evidente que
el Estado tiene e! deber de cumplir por medio de! culto
público las numerosas e importantes obligaciones
que lo unen con Dios. La razón natural, que manda
a cada hombre dar culto a Dios piadosa y santamente, porque
de Él dependemos, y porque, habiendo salido de Él,
a Él hemos de volver, impone la misma obligación
a la sociedad civil. Los hombres no están menos sujetos
al poder de Dios cuando viven unidos en sociedad que cuando
viven aislados. La sociedad, por su parte, no está
menos obligada que los particulares a dar gracias a Dios,
a quien debe su existencia, su conservación y la
innumerable abundancia de sus bienes. Por esta razón,
así como no es lícito a nadie descuidar los
propios deberes para con Dios, e! mayor de los cuales es
abrazar con el corazón y con las obras la religión,
no la que cada uno prefiera, sino la que Dios manda y consta
por argumentos ciertos e irrevocables como única
y verdadera, de la misma manera los Estados no pueden obrar,
sin incurrir en pecado, como si Dios no existiese, ni rechazar
la religión como cosa extraña o inútil,
ni pueden, por último, elegir indiferentemente una
religión entre tantas. Todo lo contrario. El Estado
tiene la estricta obligación de admitir el culto
divino en la forma con que el mismo Dios ha querido que
se le venere. Es, por tanto, obligación grave de
las autoridades honrar e! santo nombre de Dios. Entre sus
principales obligaciones deben colocar la obligación
de favorecer la religión, defenderla con eficacia,
ponerla bajo e! amparo de las leyes, no legislar nada que
sea contrario a la incolumidad de aquélla.
Obligación debida por los gobernantes también
a sus ciudadanos. Porque todos los hombres hemos nacido
y hemos sido criados para alcanzar un fin último
y supremo, al que debemos referir todos nuestros propósitos,
y que colocado en el cielo, más allá de la
frágil brevedad de esta vida. Si, pues, de este sumo
bien depende la felicidad perfecta y total de los hombres,
la consecuencia es clara: la consecución de este
bien importa tanto a cada uno de los ciudadanos que no hay
ni puede haber otro asunto más importante. Por tanto,
es necesario que el Estado, establecido para el bien de
todos, al asegurar la prosperidad pública, proceda
de tal forma que, lejos de crear obstáculos, dé
todas las facilidades posibles a los ciudadanos para el
logro de aquel bien sumo e inconmutable que naturalmente
desean. La primera y principal de todas ellas consiste en
procurar una. inviolable y santa observancia de la religión,
cuyos deberes unen al hombre con Dios"
Tal es la única doctrina católica nunca desmentida
y la que se presenta como la más armoniosa y conforme
al sentir verdaderamente cristiano y humano. De hecho fue
la situación real que se implantó sucesivamente
en todas las naciones donde fue llegando el anuncio del
evangelio. Lejos, pues, de ser una utopía fue, al
menos de modo global, el sistema imperante durante siglos
en toda la cristiandad. Sus benéficos frutos los
menciona sucintamente la misma encíclica, como habrá
ocasión de mencionar.
Validez
de esta doctrina después del Concilio Vaticano II
Pero,
al recordar ahora esta más que secular enseñanza,
no podemos olvidar la doble objeción que se funda,
por una parte, en los años transcurridos desde aquella
enseñanza, de finales del siglo XIX, con el irrefrenado
proceso de secularización del mundo actual y, por
otra, la supuesta transformación ejercida en la Iglesia
de modo particular a partir del Concilio Vaticano II, de
cuya clausura se cumple ahora precisamente cuarenta años.
Son objeciones constantes que hacen que, en la práctica,
se dude de la validez de esta doctrina.
Acerca de la primera objeción hay que responder que
es precisamente el mal radical del secularismo el que se
ha de combatir con la verdadera doctrina católica
sobre la constitución cristiana del Estado. Cuando
decimos secularismo no nos referimos a ningún mandamiento
concreto de la ley de Dios, a no ser precisamente el primero.
Hablamos de algo anterior a cualquier mandamiento positivo
porque nos referimos a la mismo existencia de Dios que es,
por definición, el gobernador supremo de todo el
universo según lo entiende cualquier religión,
no sólo revelada sino incluso meramente natural.
Es lógico que ambas doctrinas, la constitución
cristiana del Estado y el secularismo, se opongan diametralmente
porque son exactamente contradictorias, pero querer ocultar
la doctrina católica sobre la constitución
cristiana de los Estados porque ahora impera el secularismo
seña como ocultar la doctrina acerca de la indisolubilidad
del matrimonio porque la legislación civil ha establecido
la legalidad del divorcio, o admitir que el aborto ya no
es un "crimen abominable", como le llama el Concilio
Vaticano II , porque está legalizado en casi todos
los países de Occidente (no así los musulmanes,
para vergüenza nuestra).
Respecto a la segunda objeción, supuestamente fundada
sobre la enseñanza del último concilio ecuménico,
bastaría el dato cronológico de los ya cuarenta
años de su clausura para invitar a la reflexión
sobre la inconsistencia de esta solapada doctrina del "cronologismo",
por la que todo lo antiguo perece por el único argumento
del tiempo transcurrido desde su formulación. La
verdad es intemporal porque procede del mismo Dios que es
eterno y no puede envejecer con el tiempo.
Nada inventaron de propia iniciativa los pontífices
del siglo XIX, en particular Gregorio XVI, el beato Pío
IX o León XIII por ceñimos a aquel siglo.
Todo cuanto dijeron está contenido en la más
antigua tradición apostólica. Ellos sólo
tuvieron que recordado de modo más expreso dadas
las circunstancias adversas que se generaron sucesivamente
en distintas naciones europeas, a partir de la Revolución
francesa.
Pero a aquellos que, de alguna manera, piensan que hubo
un cambio doctrinal en el Concilio acerca de esta cuestión,
séanos permitido recordarles lo que aprobó
en su Declaración sobre la libertad religiosa “Dignitatis
humanae” cuando afirmó que la elaboración
doctrinal sobre la libertad religiosa es formalmente distinta
de la doctrina sobre la relación entre la Iglesia
y el Estado y, por ello, al tratar solamente de la primera,
"deja íntegra la doctrina tradicional católica
acerca del deber moral de los hombres y de las sociedades
para con la verdadera religión y la única
Iglesia de Cristo" .
Quizá es la primera vez que un concilio ecuménico
menciona la doctrina elaborada principalmente por los pontífices
de aquel siglo llamándola "doctrina tradicional
católica". No es, pues, una opinión circunstancial
sino una doctrina, que ha sido entregada a la Iglesia católica.
La Iglesia no tiene otra, al menos en el terreno de los
principios. Por consiguiente, nadie puede invocar en contra
de ella la Declaración conciliar mencionada o el
"concilio, en general, en su espíritu"
(como se dice con harta imprecisión y con afán
de apoderarse de él y sin citado nunca).
Pero hay todavía en esta Declaración todo
un ramillete de frases que se refieren a la positiva acción
religiosa de los poderes públicos. Veamos algunas
de ellas: "Por consiguiente el poder civil, cuyo fin
propio es cuidar del bien común temporal, debe reconocer
ciertamente la vida religiosa de los ciudadanos y favorecerla"
. No se trata, pues, solamente de permitir la vida religiosa
de los ciudadanos sino de reconoceda hasta el punto de "favorecerla".
El hecho de que el fin propio del poder civil consista en
el bien común temporal no es obstáculo alguno
para que, reconociendo la vida religiosa, la favorezca.
No piensa, pues, el Concilio que favorecer la religión
sea un acto impropio del poder civil, antes al contrario,
está obligado a ello. Ello implica el reconocimiento
de que la religión es un bien explícito que
perfecciona a la misma sociedad en cuanto tal.
Las correctas relaciones entre la Iglesia y el Estado han
de estar más en el terreno de los hechos que en el
de las palabras.
Para ello sirve perfectamente este otro párrafo de
la Declaración conciliar que venimos citando:
"El
poder público debe, pues, asumir eficazmente la protección
de la libertad religiosa de todos los ciudadanos por medio
de justas leyes y otros medios adecuados y crear condiciones
propicias para el fomento de la vida religiosa.."
Como norma primera imprescindible, menciona la protección
de la libertad religiosa, pero añade además
que el poder civil debe "crear condiciones propicias"
que redunden de alguna forma en el "fomento de la vida
religiosa". A nada más que a esto se refería
León XIII en la encíclica que conmemoramos,
porque es obvio que el Estado no se ha de inmiscuir en los
asuntos religiosos en el sentido formal de la palabra, definiendo
dogmas, decretando la moralidad o inmoralidad de determinadas
acciones humanas u organizando las catequesis o las actividades
parroquiales. Todo esto -o casi- lo quería hacer,
por cierto, el galicanismo, esto es la absorción
de la Iglesia por el Estado en la Francia de Luis XIV. Pero
sí debe el Estado, por medio de justas leyes, crear
condiciones para el fomento de la vida religiosa, como hemos
leído. Adviértase que dice "fomento"
y no permisión -y mucho menos tolerancia, porque
la tolerancia versa únicamente sobre lo que es en
sí un mal, aunque menor, mientras que la vida religiosa
es un bien para toda la sociedad-, tal como lo dice el mismo
texto conciliar a continuación de lo anterior, a
fin de que los ciudadanos puedan realmente ejercer los derechos
de la religión y cumplir los deberes de la misma,
y la propia sociedad disfrute de los bienes de la justicia
y de la paz que provienen de la fidelidad de los hombres
a Dios y a su santa voluntad" . Esta última
afirmación implica la tesis de que la justicia y
la paz provienen de la fidelidad de los hombres a Dios.
Ahora bien, la justicia y la paz son bienes que podemos
llamar con toda justicia genuinamente humanos y, sin embargo,
proceden no de otra fuente sino de la finalidad de los hombres
a Dios y a su santa voluntad. Este era un tema constante
en todas las encíclicas de León XIII de parecida
temática. La tesis constante de todos los pontífices
-y la reciente conmemoración de la encíclica
“Quas primas” de Pío XI lo recordaba
con fuerza- es que la sociedad civil recibirá muchos
bienes si los hombres cumplen con sinceridad sus deberes
religiosos. En nada daña a la sociedad civil la práctica
de la religión, antes al contrario. León XIII,
por los tumultuosos sucesos que le tocó vivir, sabía
bien y lo advertía reiteradamente que las revueltas
sociales y las formas anárquicas que sacudían
por sistema el legítimo poder civil surgían
de las mismas doctrinas antirreligiosas.
Pensaba León XIII, con razón, que la grandeza
de Europa ha provenido de su aceptación de la fe
cristiana y de su plasmación en esta admirable realidad
social que era el Imperio sometido en lo espiritual a la
Iglesia. Son aquellas palabras leoninas de gran actualidad,
cuando, en nuestros días, se quiere hacer una pretendida
unidad europea al margen de la Iglesia que bien puede decirse
que a hecho, más que nadie a Europa. No sólo
la Grecia clásica no pudo hacer Europa sino que ni
lo pretendía. La división entre griegos y
bárbaros era esencial al sistema político
griego. Pretender, por otra parte, incluir a la Ilustración
en el contenido positivo de Europa, diametralmente opuesta
a la religión revelada, es confundir ciertas elites
intelectuales con el pueblo real. ¿Qué obra
artística ha creado la Ilustración? ¿Dónde
están sus catedrales y su música sacra? ¿Qué
código civil perdurable? Sólo supo unificar
y destruir las legítimas diferencias regionales y
crear el ejército permanente con soldados obligados
a abandonar sus casas ¿Qué instituciones políticas
culturales o laborales comparables a las cortes, a las universidades
o a los gremios? ¿Qué unidad y qué
paz? Las guerras se encienden en Europa con inusitado terror
a partir, primero, de la Revolución protestante y,
muy en particular, a partir de la Revolución francesa.
¿Hay que recordar además las guerras napoleónicas
con sus devastaciones y sus represiones? No parece que la
historia sea aquello que predominantemente se quiera considerar
a la hora de comparar la Europa cristiana con la Europa
envuelta en las ideas racionalistas que pretendieron que
la "razón" sustituyera a la religión.
En cambio, nunca se reflexionará bastante sobre esta
realidad histórica de Europa creada por el cristianismo
y que ha dejado pasar recientemente la ocasión de
recordar y asumir. Sin embargo, León XIII lo advertía
y sus palabras cobran hoy una validez mayor que las superficiales
y tendenciosas insinuaciones de "progreso" y "libertad".
Al oriente de Europa surgieron pueblos fuertes y grandes,
pero sólo supieron conquistar para dominar. Su acción
fue más devastadora que constructora y, a la postre,
su acción fue fugaz. Sólo Europa se consolidó
y tuvo fuerza espiritual para civilizar -cristianizando--
un continente mucho mayor, el americano. Cuando Europa rechazó
la soberanía de la Iglesia se deshizo también
en crecientes guerras. Pudieron haber imperios, como el
francés o el inglés, pero ya no civilizaron
en cuanto imperios, a no ser por la callada obra de los
misioneros.
Sobre esta cuestión decía el Papa al referirse
al bien de la unidad armónica entre el Estado y la
Iglesia:
"Hubo un tiempo en que la f1losofía del Evangelio
gobernaba los Estados.
En aquella época la eficacia propia de la sabiduria
cristiana y su virtud divina habían penetrado en
las leyes, en las instituciones, en la moral de los pueblos,
infiltrándose en todas las clases y relaciones de
la sociedad. La religión fundada por Jesucristo se
veía colocada firmemente en el grado de honor que
le corresponde y florecía en todas partes gracias
a la adhesión benévola de los gobernantes
y a la tutela legítima de los magistrados. El sacerdocio
y e! imperio vivían unidos en mutua concordia y amistoso
consorcio de voluntades. Organizado de este modo, e! Estado
produjo bienes superiores a toda esperanza.
Todavía subsiste la memoria de estos beneficios y
quedará vigente en innumerables monumentos históricos
que ninguna corruptora habilidad de los adversarios podrá
desvirtuar u oscurecer. Si la Europa cristiana domó
las naciones bárbaras y las hizo pasar de la fiereza
a la mansedumbre y de la superstición a la verdad;
si rechazó victoriosa las invasiones musulmanas;
si ha conservado e! cetro de la civilización y se
ha mantenido como maestra y guía de! mundo. en e!
descubrimiento y en la enseñanza de todo cuanto podía
redundar en pro de la cultura humana; si ha procurado a
los pueblos e! bien de la verdadera libertad en sus más
variadas formas; si con una sabia providencia ha creado
tan numerosas y heroicas instituciones para aliviar las
desgracias de los hombres, no hay que dudarlo: Europa tiene
por todo ello una enorme deuda de gratitud con la religión,
en la cual encontró siempre una inspiradora de sus
grandes empresas y una eficaz auxiliadora en sus realizaciones.
Habríamos conservado también hoy todos estos
mismos bienes si la concordia entre ambos poderes se hubiera
conservado. Podríamos incluso esperar fundadamente
mayores bienes si el poder civil hubiese obedecido con mayor
fidelidad y perseverancia a la autoridad, al magisterio
y a los consejos de la Iglesia. Las palabras que Yves de
Chartres escribió al papa Pascual II merecen ser
consideradas como formulación de una ley imprescindible:
"Cuando e! imperio y el sacerdocio viven en plena armonía,
e! mundo está bien gobernado y la Iglesia florece
y fructifica. Pero cuando surge entre ellos la discordia,
no sólo no crecen los pequeños brotes, sino
que incluso las mismas grandes instituciones perecen miserablemente"
.
Mutuo
respeto y armonía entre los dos poderes
Pasemos
a considerar otro momento destacable de la gran síntesis
leonina. Hay también en la “Immortale Dei”
una exposición doctrinal que trata de la realidad
innegable de estos dos poderes, el civil y el religioso
sin fijarse de modo expreso en el deber de dar culto a Dios
que compete al Estado de un país católico.
Su exposición, tan sólida como la anterior
se mueve, sin embargo, en el plano del reconocimiento mutuo.
La verdad contenida en esta explicación es válida
incluso en situaciones menos favorables para la Iglesia.
La encíclica se expresa de este modo que conviene
también atender.
En este planteamiento global la Iglesia pide al Estado que
reconozca la peculiaridad de su misión, la espiritualidad
de la misma que en modo alguno representa una competencia.
Si asimilamos la comunidad de todos los hombres al hombre
singular podemos comparar la Iglesia al alma y el Estado
al cuerpo. Nadie osaría confundidos pero nadie sensatamente
pretendía separarlos. En parte el alma puede subsistir
sin el cuerpo, al que sin embargo dice esencial referencia,
pero el cuerpo muere si el alma no lo vivifica. Puede parecer
un cuerpo pero es un cadáver o una estatua.
Esta es la nítida doctrina de la encíclica
donde no hay una exclusión ni siquiera una exageración.
Los dos poderes son buenos y necesarios, pero para seda
necesita~ vivir armonizados, al menos respectando el ámbito
ajeno, pues de otro modo el ciudadano vive en una insoportable
tensión. Ahora bien, es claro que la Iglesia no se
inmiscuye en asuntos terrenos. Pide, pues, el trato recíproco
por parte del Estado.
"Dios
ha repartido, por tanto, el gobierno de! género humano
entre dos poderes: el poder eclesiástico y e! poder
civil. El poder eclesiástico, puesto al frente de
los intereses divinos. El poder civil, encargado de los
intereses humanos. Ambas potestades son soberanas en su
género. Cada una queda circunscrita dentro de ciertos
límites, definidos por su propia naturaleza y por
su fin próximo. De donde resulta una como esfera
determinada, dentro de la cual cada poder ejercita iure
proprio su actividad.
Pero como.-:l sujeto pasivo de ambos poderes soberanos es
uno mismo, y como, por otra parte, puede suceder que un
mismo asunto pertenezca, si bien bajo diferentes aspectos,
a la competencia y jurisdicción de ambos poderes,
es necesario que Dios, origen de uno y otro, haya establecido
en su providencia un orden recto de composición entre
las actividades respectivas de uno y otro poder. -Las [autoridades]
que hay, por Dios han sido ordenadas-. Si así no
fuese, sobrevendóan frecuentes motivos de lamentables
conflictos, y muchas veces quedaóa el hombre dudando,
como el caminante ante una encrucijada, sin saber qué
camino elegir, al verse solicitado por los mandatos contrarios
de dos autoridades, a ninguna de las cuales puede, sin pecado,
dejar de obedecer.
Esta situación es totalmente contraria a la sabiduría
y a la bondad de Dios, quien incluso en el mundo físico,
de tan evidente inferioridad, ha equilibrado entre sí
las fuerzas y las causas naturales con tan concertada moderación
y maravillosa armonía, que ni las unas impiden a
las otras ni dejan todas de concurrir con exacta adecuación
al fin total al que tiende el universo.
Es necesario, por tanto, que entre ambas potestades exista
una ordenada relación unitiva, comparable, no sin
razón, a la que se da en el hombre entre el alma
y el cuerpo. Para determinar la esencia y la medida de esta
relación unitiva no hay, como hemos dicho, otro camino
que examinar la naturaleza de cada uno de los dos poderes,
teniendo en cuenta la excelencia y nobleza de sus fines
respectivos. El poder civil tiene como fm próximo
y principal el cuidado de las cosas temporales. El poder
eclesiástico, en cambio, la adquisición de
los bienes eternos. Así, todo lo que de alguna manera
es sagrado en la vida humana, todo lo que pertenece a la
salvación de las almas y al culto de Dios, sea por
su propia naturaleza, sea el virtud del fin a que está
referido, todo ello cae bajo el dominio y autoridad de la
Iglesia. Pero las demás cosas que el régimen
civil y político, en cuanto tal, abraza y comprende,
es de justicia que queden sometidas a éste, pues
Jesucristo mandó expresamente que se dé al
César lo que es del César y a Dios lo que
es de Dios. No obstante, sobrevienen a veces especiales
circunstancias en las que puede convenir otro género
de concordia que asegure la paz y libertad de entrambas
potestades;
por ejemplo, cuando los gobernantes y el Romano Pontífice
admiten la misma solución para un asunto determinado.
En estas ocasiones, la Iglesia ha dado pruebas numerosas
de su bondad maternal, usando la mayor indulgencia y condescendencia
posibles" .
Este
carácter inspirador de la Iglesia en e! seno de la
sociedad en la que vive y a cuyos miembros dirige su mensaje
salvador no puede decirse en modo alguno que no sea la perenne
doctrina de la Iglesia, también la iglesia postconciliar
de nuestro tiempo. Quizá nadie como el beato Juan
XXIII sirva para exponer esta actitud de la Iglesia frente
a la sociedad a la que se dirige. En su corto pontificado
lo hizo precisamente de manera notoria en su discurso de
convocatoria de! Concilio, e! 25 de diciembre de 1961, y
no debe olvidarse que habla el papa que se ha llamado del
aggiornamento.
Habla el pontífice de una irrenunciable "exigencia",
la presencia de la Iglesia en la vida social y no de modo
externo y superficial sino que se ha de "infundir en
las venas de la humanidad actual". Esta era la meta
del Concilio que se convocaba:
"Porque
lo que se exige hoy de la Iglesia es que infunda en las
venas de la humanidad actual la virtud perenne, vital y
divina del evangelio".
Si
después del Concilio la Iglesia)no consiguió
esta meta puede decirse que ha fracasado en e! intento,
pero no por el contenido auténtico de aquella magna
Asamblea, con sus documentos aprobados por el Pontífice,
sino por la usurpación a la que se vio sometido por
los medios de comunicación y la traición de
muchos de sus miembros que, por cierto, nunca citan ningún
texto conciliar aunque siempre lo interpretan. Sigue diciendo
Juan XXIII:
"La
humanidad alardea de sus recientes conquistas en el campo
científico y técnico, pero sufre también
las consecuencias de un orden temporal que algunos han querido
organizar prescindiendo de Dios".
Este
es el ideal secularista, organizar la sociedad prescindiendo
de Dios. P~t;O el estado del mundo así organizado
es e! de un sufrimiento cada vez mayor, pues la misma sociedad
ya no es posible ni a nivel meramente humano. Nuestras noticias
políticas y sociales son un elenco -aún mal
disimulado-- de una serie ininterrumpida de crecientes desastres
y continua confrontación en todos los campos. Por
poner un ejemplo de algo que no se producía en tiempos
del Concilio, pensemos que se ha pasado de la violencia
entre pueblos -que también ha aumentado considerablemente-
a la guerra de terrorismo dentro de la misma nación,
cuyas víctimas son doblemente inocentes. Advirtamos
la creciente violencia familiar y escolar, antes desconocida
o insólita. Por no hablar de la creciente e insufrible
violencia social que, aunque antigua, cobra hoy proporciones
alarmantes que alteran de raíz la mínima paz
vecinal. A este respecto parece que se ha producido el fenómeno
inaudito de la desaparición de la ley de ciudades
y pueblos pertenecientes a naciones "civilizadas".
Volvamos todavía a Juan XXIII, refiriéndose
en esta convocatoria conciliar a la gran cuestión
de la paz entre los hombres:
"Finalmente,
el próximo Concilio ecuménico está
llamado a ofrecer al mundo, extraviado, confuso y angustiado
bajo la amenaza de nuevos conflictos espantosos, la posibilidad
para todos los hombres de buena voluntad, de fomentar pensamientos
y propósitos de paz; de una paz que puede y debe
venir sobre todo de las realidades espirituales y sobrenaturales,
de la inteligencia y de la conciencia humana, iluminadas
y guiadas por Dios, Creador y Redentor de la humanidad".
¿Pueden
calificarse estos textos de aceptación, por parte
de la Iglesia, del secularismo? Pero esta tarea pacificadora
no se puede llevar a cabo si el Estado no reconoce a la
Iglesia la grandeza de esta misión que sólo
ella puede realizar en verdad.
La encíclica lamenta en su última parte, de
forma muy detallada, los males que produce en la sociedad
este alejamiento de la Iglesia de la vida social. No pudiendo
reproducir todos los párrafos que tratan esta cuestión
nos limitaremos a uno sólo que puede muy bien ser
entendido por todos, principalmente porque los hechos transcurridos
en estos ciento veinte años han dado la plena razón
a León XIII.
"Error
grande y de muy graves consecuencias es excluir a la Iglesia,
obra del mismo Dios, de la vida social, de la legislación,
de la educación de la juventud y de la familia. Sin
religión es imposible un Estado bien ordenado. Son
ya conocidos, tal vez más de lo que convendría,
la esencia, los fines y las consecuencias de la llamada
moral civil. La maestra verdadera de la virtud y la depositaria
de la moral es la Iglesia de Cristo. Es ella la que defiende
incólumes los principios re~uladores de los deberes.
Es ella la que, al proponer los motivos más eficaces
para vivir virtuosamente, manda no sólo evitar toda
acción mala, sino también domar las pasiones
contrarias a la razón, incluso cuando éstas
no se traducen en las obras. Querer someter la Iglesia,
en el cumplimiento de sus deberes, al poder civil constituye
una gran injuria y un gran peligro" .